Otra maniobra de CFK rechazada en la causa Vialidad

La ex vicepresidenta insistía en eliminar al juez Gustavo Hornos del caso, pero su solicitud fue rechazada por ser inadmisible. Actualmente, el máximo juzgado penal se dirige a la lectura del fallo referente a la condena por gestión fraudulenta que pesa contra la exmandataria.

Política14/10/2024Alejandro CabreraAlejandro Cabrera
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Cristina Kirchner

Este lunes, la Sala IV de la Cámara de Casación rechazó una propuesta de Cristina Kirchner en la que solicitaba desplazar del caso al juez Gustavo Hornos, tras una denuncia por supuestos actos de violencia de género presentada contra el camarista. Así, el tribunal supremo penal se dirige hacia la lectura de la sentencia referente a la condena por gestión fraudulenta en detrimento del Estado que recae sobre la ex mandataria.

La Sala IV del Tribunal Federal de Casación Penal, conformada por Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, rechazó el recurso extraordinario que presentó la defensa de Cristina Fernández de Kirchner en respuesta al rechazo de la recusación del juez Gustavo Hornos por la denuncia de violencia de género que tomó estado público.

Así, los magistrados están preparados para pronunciar veredicto en el caso "Vialidad", donde se sentenció a la ex presidenta a 6 años de cárcel por el crimen de defraudación a la administración pública en el contexto de obras viales públicas en la provincia de Santa Cruz. El fallo se divulgará el 13 de noviembre venidero, fecha para la que se ha programado una audiencia.

Es la causa que examinó las 51 licitaciones de caminos que la administración kirchnerista otorgó a Lázaro Báez. El fallo determinó que los procedimientos de concesión de obras fueron inusuales: direccionamiento, gastos excesivos, certificaciones pagadas sin los progresos de obra correspondientes, circuitos de pago exclusivos, entre otras anomalías.

La Sala IV, encabezada por el juez Gustavo Hornos y conformada por sus colegas Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky, está examinando la denuncia que estimó el daño ocasionado en 80.000 millones de pesos, en cierta medida debido a que el 50% de las construcciones adjudicadas y pagadas, el ex colaborador comercial de Cristina Kirchner, nunca las culminó.

Mediante su letrado, Carlos Beraldi, la ex vicepresidenta interpuso un recurso extraordinario en contra del criterio de la Sala IV que resultó en la intervención de la causa al juez Gustavo Hornos, quien fue imputado por su ex pareja en un caso por supuestas acciones de violencia de género.

En esta ocasión, en la decisión a la que llegó Clarín, los camaristas estimaron que el recurso extraordinario de la ex vicepresidenta es "inadmisible" dado que no se enfrenta a una "sentencia firme".

Las denuncias de corrupción

El 6 de diciembre de 2022, tras ser condenada por corrupción, Cristina Kirchner se transformó en la primera vicepresidenta en ejercer el poder. El Tribunal de Primera Instancia 2, conformado por los magistrados Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu, la halló culpable del delito de gestión fraudulenta en contra del Estado. Se calculó el perjuicio ocasional en 80.000 millones de pesos.

Los motivos de dicho fallo establecían: “Tenemos la certeza de que, a través de la gestión de 51 procesos de licitación pública para la edificación de carreteras nacionales y provinciales en Santa Cruz, desde 2003 hasta 2015, se produjo una maniobra fraudulenta excepcional que afectó los intereses económicos de la administración pública del país”.

Las obras viales licitadas en territorio de Santa Cruz fueron "sistemáticamente adjudicadas a un conjunto de empresas vinculadas" a Báez, afirmó el Tribunal. Además, indicó que la formación de su holding y su crecimiento económico fue "exponencial", y se relacionó "directamente con la asignación de obra pública vial en el territorio de esa jurisdicción".

En otras palabras, los magistrados señalaron antiguos empleados de Vialidad nacional como la agencia provincial, "actuaron fuera del interés público", estableciendo, "detrás de un aspecto lícito, una disposición sincronizada y única del aparato estatal orientada a la perpetración del delito".

Las apelaciones judiciales

Todos los principios establecidos por el Tribunal de juicio, que sustentaron el veredicto condenatorio, fueron recurridos por Cristina Kirchner, Lázaro Báez, José López, Nelson Periotti y el resto de los imputados. Por lo tanto, la Cámara de Casación examinará el fallo de seis años de cárcel por el crimen de gestión fraudulenta en detrimento del Estado.

El máximo tribunal penal tiene la primera alternativa de escuchar las defensas y anular la sentencia condenatoria basada en actos de corrupción, y solicitar al Tribunal de juicio una nueva resolución.

Además de los pedidos de anulación, la Casación está examinando una reclamación del Ministerio Público Fiscal, en esta instancia representado por Mario Villar, quien respaldó las alegatos de los fiscales de juicio, Diego Luciani y Sergio Mola.

La fiscalía está segura de que durante el debate oral, se presentaron pruebas suficientes para sentenciar a Cristina Kirchner, también, por el delito de asociación ilícita en su calidad de líder. Esto implicaría entre seis y doce años de cárcel.

El tercer procedimiento que la Casación puede tomar es corroborar el fallo tal como lo emitió el TOF 2 hace dos años.

Cualquiera de estas alternativas no constituye el veredicto definitivo respecto al caso. De acuerdo con el código Procesal Penal, una sentencia alcanza su firmeza únicamente cuando la Corte Suprema de Justicia emita un veredicto sobre ella.

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