El Gobierno imputó a 95 empresas por cobrar tasas municipales en facturas de servicios públicos

El Ejecutivo avanza en hacer cumplir la resolución que prohíbe el cobro de cargos ajenos a los servicios en las boletas. Las sanciones pueden superar los $2.000 millones

Economía11 de noviembre de 2024Alejandra LarreaAlejandra Larrea
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Se imputaron empresas por cobrar tasas municipales en facturas de servicios públicos.

Un total de 95 compañías fueron señaladas por la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía por agregar en las facturas conceptos o recargos que no estaban acordados en el contrato entre el vendedor y el comprador. Un total de 244 expedientes fueron iniciados en relación con las acusaciones, uno por cada área donde las compañías no cumplieron con la regulación.
Las facturas que se están considerando tienen fechas de vencimiento después del 11 de octubre, fecha en la que se implementó la resolución 267/2024, la cual estableció la prohibición de agregar elementos inapropiados en las facturas.

Se había decretado que las facturas de los proveedores de servicios públicos no podrían contener cargos por concepto de alumbrado, limpieza y seguridad. Según la resolución, la información sobre los elementos incluidos en los recibos emitidos por los vendedores de productos y servicios en el contexto de las transacciones comerciales, tal como los define el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus enmiendas, debe hacer referencia de manera precisa y exclusiva al producto o servicio adquirido por el consumidor y proporcionado por el proveedor.
Y especifica que "la falta de cumplimiento podría ser castigada de acuerdo con el sistema de sanciones establecido" por la legislación.

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Empresas de Buenos Aires y de varias provincias argentinas, como Misiones, San Juan, Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, Santa Cruz, Chubut, Chaco, Jujuy, Neuquén, Río Negro, Mendoza, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán, fueron acusadas.

“A partir de recibir la notificación, las empresas tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo. Cumplido ese plazo la Secretaría de Industria y Comercio sancionará a las empresas que no cumplieron la norma, de acuerdo a lo previsto por la Ley 24240 de Defensa del Consumidor, que en su artículo 47, inciso b, contempla multas de hasta 2130 millones de pesos”, informaron desde la cartera conducida por Pablo Lavigne.

Las quejas llegaron a la bandeja de entrada del correo electrónico designado desde finales de octubre, [email protected]. Un total de 2705 reclamaciones han sido registradas hasta ahora. Al presentar el canal de denuncia, Fernando Blanco Muiño, subsecretario de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, afirmó que esas tasas son contrarias a la ley y transgreden el artículo 42 de la Constitución Nacional.

Según Manuel Adorni, portavoz oficial, el Gobierno anima a los alcaldes a encontrar formas creativas de contactar a los residentes para cobrarles impuestos, en lugar de hacerlo a través de las facturas de servicios públicos.

Según los intendentes, la recaudación de impuestos a través de las facturas de servicios es una costumbre arraigada en distintas localidades y surge como una manera de obtener fondos para sectores como la seguridad, la iluminación de calles y los parques públicos. Al prescindir de este recurso, se argumenta que los gobiernos locales se ven limitados en su habilidad para atender de manera efectiva las demandas apremiantes de la población.

A pesar de que varios intendentes, especialmente en el Conurbano bonaerense, han obtenido protección legal que les autoriza a seguir incluyendo el cobro de impuestos municipales en las facturas de servicios públicos, el Gobierno está progresando en garantizar el cumplimiento de la decisión.

Además, con el objetivo de impedir aumentos en los precios, la Secretaría de Energía había instruido a las gasolineras a exhibir un letrero que diga lo siguiente: En este territorio se imponen impuestos viales y/o locales basados en el costo de los carburantes. Si desea obtener más detalles, le recomendamos visitar el sitio web oficial de la Secretaría de Energía. El plazo de 120 días para que las empresas se ajusten a esta normativa fue establecido por el Ministerio de Economía, el cual alertó sobre posibles sanciones para aquellas que no cumplan con lo dispuesto.

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