Otra denuncia contra la jueza Ana María Figueroa

Tras la polémica sesión de este jueves y el apartamiento de la jueza Ana María Figueroa, otra denuncia recae sobre la magistrada que supo llevar adelante la causa Hotesur-Los Sauces en la que está imputada la vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner.

Actualidad 29/09/2023 Periodismo y Punto

Este mismo jueves el presidente y vicepresidente de Bases Asociación Civil, Valeria Viola y Pablo Nocetti,  presentaron ante el juez federal una denuncia contra Figueroa por la irregularidad del apartamiento de la magistrada. "La Corte Suprema de Argentina es muy clara, los jueces duran en sus cargos hasta los 75 años de edad y la Dra. Figueroa cesó en sus funciones (el 9 de agosto, día de su natalicio), basándose en
la interpretación de la Constitución Nacional y la jurisprudencia establecida en casos anteriores en la materia, concluyendo que la nombrada ha perdido su investidura judicial debido a su edad y por la falta de un nuevo nombramiento con el acuerdo del Senado".

En ese sentido, los denunciantes aseguran que el nuevo nombramiento fue "irregular": "El Senado de la Nación decidió avanzar en el día de ayer 28 de septiembre, con un nuevo e irregular nombramiento del pliego de la ex magistrada, en franca contraposición contra lo dispuesto en el Art. 99 inc. 4 tercer párrafo de la C.N., ya interpretado por el Máximo Tribunal, en un claro alzamiento contra lo resuelto por la Excma Corte Suprema de Justicia de la Nación".

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"Configurando dicho accionar, un conflicto de poderes de relevancia y gravedad institucional inusitada y los ilícitos penales que a continuación se destacan; dado que se está obviando el trámite normal consistente en la sustanciación de un concurso de oposición y antecedentes y, en su lugar, se propone el nombramiento de una magistrada que cesó en sus funciones por su avanzada edad y que no puede ser repuesta bajo tales condiciones irregulares", indicaron.

Por los motivos descriptos es que los denunciantes exigieron que, de probarse los delitos detallados anteriormente por las violaciones a los artículos constitucionales, se declare como nula "la nueva designación, dado que no se ha cumplido con el proceso de selección ante el Consejo de la Magistratura de la Nación".

"Se trata de un delito doloso, que requiere la conciencia de la ilegitimidad o la arbitrariedad del acto y la voluntad de llevarlo a cabo y el sujeto activo debe ser un funcionario público en ejercicio de sus funciones. Es decir, este delito castiga el uso abusivo de la propia autoridad al funcionario público que actúe dictando cualquier tipo de medida -órdenes o resoluciones- que infrinjan disposiciones legales o que las ejecute". 

Y concluye: "Por último, cabe destacar que es un delito doloso que exige del sujeto activo el conocimiento de la ausencia de los requisitos legales en el propuesto o nombrado y, no obstante ello, la intención de proponerlo o designarlo; caso sobradamente configurado en el presente supuesto donde tal circunstancia fuera puesta en evidencia por nuestra Corte en un caso que tomo estado publico y por su estrépito, fue conocido por todos".

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