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Alberto Fernández y el ministro de Obras Públicas de la Nación fueron denunciados por promover y participar de un paro. Fueron acusados de "malversación de caudales públicos" e "incumplimiento de deberes de funcionario público".
Actualidad15 de septiembre de 2023 Periodismo y PuntoTras la polémica convocatoria del ministro de Obras Públicas de realizar un "paro activo" el miércoles 13 de septiembre, los referentes de Republicanos Unidos, Roberto García Moritán, Yamil Santoro, José Magioncalda y Juan Zafio, denunciaron a Gabriel Katopodis y al presidente Alberto Fernández, quien se sumó horas más tarde e incluso encabezó una asamblea de trabajadores en Merlo, por los delitos de "malversación de caudales públicos" e "incumplimientos de deberes de funcionario públicos".
En la denuncia ya presentada se plantea que "la utilización de la función pública, para una actividad propia de la campaña electoral, importa el empleo, en provecho del denunciado, de su partido y del Ministro Candidato Sergio Massa, de un servicio pagado por la administración pública, razón por la cual, los denunciados se encontrarían incursos en el delito de malversación de caudales públicos".
"El 13 de septiembre, se ejecutó la medida de fuerza convocada por el ministro Katopodis contra las supuestas propuestas de “la oposición” forzando la interrupción de la actividad pública del Ministerio y contratistas, en lo que claramente fue un paro proselitista", fundamentaron los firmantes en la presentación judicial.
También, hacen mención especial a la participación del Jefe de Estado: "Del referido acto de fuerza, claramente contrario a la neutralidad que debe exhibir el Estado en materia electoral, fue partícipe, también, el Sr. Presidente de la Nación, cuyo desapego a las normas que ordenan la República fue publicado por varios medios".
En ese sentido, los denunciaron entendieron que el comportamiento del "Presidente y y otros funcionarios constituyó una clara vulneración de los principios de la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública N° 25.188, sancionada en virtud del mandato constitucional del Art. 36".
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