Actualidad Periodismo y Punto 06/04/2023

Polémica en Salta por la precandidatura de un exintendente peronista condenado por corrupción de menores

La precandidatura fue habilitada por el Tribunal Electoral local quienes determinaron que Juan Rosario Mazzone "ya cumplió su condena" por lo que no habría ningún impedimento legal para que se presente.

El Tribunal Electoral de Salta rechazó las impugnaciones presentadas contra Juan Rosario Mazzone, ex intendente condenado por corrupción de menores en el año 2017- y lo habilitó a ser candidato en las elecciones provinciales que se realizarán el próximo 14 de mayo. Con este aval, Mazzone, quien quedó expuesto tras la viralización de unas fotos que reveló el medio salteño El Tribuno donde se lo ve abrazado a preadolescentes semi desnudas, podría a volver a ser jefe municipal.

Sobre estas imágenes, el aquel entonces funcionario admitió haber participado en "un festejo" con "chicas" en su residencia, y poco más de dos años después (2019) fue condenado a la pena de tres años de ejecución por el delito de corrupción de menores. 

Tras haber recuperado su libertad, Mazzone decidió volver a la política y presentó su nombre en el último cierre de listas, oficializando así su intención de volver a la intendencia del municipio El Bordo. El exintendente se presentará en la lista del partido "Con Esfuerzo se Puede" una sub-lista que pertenece al Partido Justicialista.

Luego de oficializar su presentación, la localidad salteña repudió la iniciativa y presentaron varias impugnaciones para impedir que vaya como candidato. Sin embargo, el Tribunal Electoral rechazó las impugnaciones presentadas y el fallo se apuntaló en el artículo 1° de la Ley 8275 local: "No podrá ser candidato a cargos públicos electivos provinciales y municipales los condenados por sentencia judicial en segunda instancia mientras dure la condena…".

En ese marco, los jueces analizaron el escrito y concluyeron que: "Del propio texto de la norma surge que la prohibición está sujeta al cumplimiento de dos condiciones, la primera, que la persona se encuentre condenada, y la segunda, que la pena impuesta no se haya agotado. Es decir, que no basta el hecho de la condena sino que se exige además que la pena no se encuentre cumplida".

"Lo cierto es que no cae dentro de las previsiones de la ley y no tiene condena vigente", detallaron al medio Infobae desde el Tribunal salteño. "No agrada que una persona condenada por cualquier delito, menos uno como este relacionado contra la integridad sexual de menores, pueda ser candidato. Genera rechazo, pero lo cierto es que técnica, jurídica y legalmente está en condiciones de participar", agregaron.

Si bien admitieron que su determinación podría ser considerada "poco moral o ética", explicaron que de firmar "en otro sentido, el Tribunal iba a violar la norma. A pesar de los reparos morales, firmaron la resolución".

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