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title: "Monotributo : Nuevas escalas de facturación y fuertes aumentos en la cuota"
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description: "El nuevo esquema regirá a partir de Agosto. Fuertes aumentos para los monotributistas que podrán facturar más, pero deberán pagar con aumentos de más del 100%, incluso de más de 200%."
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date_published: "2024-07-15T09:36:00-03:00"
date_modified: "2024-07-15T09:39:58-03:00"
tags:
  - "Impuestos"
  - "Monotributo"
author_name: "Alejandro Cabrera"
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author_bio: "Redactor, conductor y periodista de Periodismo y Punto. Coordinador general del medio."
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# Monotributo : Nuevas escalas de facturación y fuertes aumentos en la cuota

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*Monotributo*

De acuerdo con el paquete de medidas fiscales aprobado por el Congreso, la Ley 27.743, los nuevos niveles de facturación de 2024 y los montos de las cuotas a pagar del Monotributo entran en vigencia el 1 de agosto. Será posible recategorizarse de acuerdo con las escalas actualizadas que la AFIP ya ha publicado hasta el 2 de agosto.

Según la ley, los montos serán actualizados cada seis meses (enero y julio) en función del índice IPC y habrá un aumento en los montos mensuales a pagar en concepto del impuesto integrado y de aportes al sistema jubilatorio y obra social. Sin embargo, durante el período fiscal 2024, el Poder Ejecutivo tiene la facultad de aumentar los montos máximos de facturación, alquileres devengados y impuestos integrados a ingresar, correspond Y el límite de facturación se amplió hasta $ 68 millones anuales, lo que beneficia a las empresas con montos de facturación más altos porque evitan pasar al Régimen General, que es más costoso.

**Algunos monotributistas no tendrán que subir de categoría, mientras que otros podrán recategorizarse a una categoría inferior o subir de categoría a una categoría con cuotas más altas.**

Además, Baker McKenzie afirma que "el Paquete Fiscal contempla que los pequeños contribuyentes que hubieran sido excluidos de pleno derecho del régimen desde el 1 de enero de 2024 por aplicación de parámetros existentes con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la Ley podrán volver a adherirse, por única vez, sin tener que esperar el plazo previsto de tres años".

Sin embargo, la ley permite al gobierno nacional bonificar a los pequeños contribuyentes que cumplan con una modalidad de pago específica o que cumplan con sus obligaciones formales y materiales hasta un veinte por ciento (20%) del impuesto integrado total a ingresar en un ejercicio anual, en una o más mensualidades.

Por lo tanto, el nivel máximo de facturación anual para la categoría A, una de las más numerosas, aumenta de $ 2.108.288 a $ 6.450.000, y la cuota mensual a pagar aumenta de $ 5.750 en el segundo semestre a $ 12.128 de enero a julio de 2024 y desde agosto a $ 26.600. El aumento de la cuota es del 362,6% en relación a diciembre de 2023.

**Escalas**

A: De $ 2.108.288,01 a 6.450.000: + 206%.  
B: De $ 3.133.941,63 a 9.450.000: + 202%  
C: De $ 4.387.518,23 a 13.250.000 :+ 202%  
D: De $ 5.449.094,55 a 16.450.000: 202%  
E: De $ 6.416.528,72 a 19.350.000: +202%  
F: De $ 8.020.660,90 a 24.250.000 : + 202%  
G: De $ 9.624.793,05 a 29.000.000 : + 201%  
H: De $ 11.916.410,45 a 44.000.000: + 269%  
I: De $ 13.337.213,22 a 49.250.000 : + 269%  
J: De $ 15.285.088,04 a 56.400.000: + 269%  
K: De $16.957.968,71 a 68.000.000; + 301%.

**La cuota mensual total a pagar (Locaciones y servicios)**

• A : 12.128,39 a 26.600: + 119,3%

• B: 13.561,75 a 30.280 ; + 123.3 %

• C: 15.503,51 a 35.458 : + 128,7

• D: 19.497,94 a 45.443,80: +133,1

E : 26.945,97 a 64.348,18 ; + 138,8%  
• F: 33.137,61 a 80.983,00 : 144,4%

G: 38.694,95 a 123.696,20: + 219,7%

• H: 66.111,51 a 280.734,68: + 324,6%

**Las tres categorías superiores pagarán.**

I $ 517.608,55,   
j $ 626.931,97   
K $ 867.084,76

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