5 modificaciones a la Constitución aprobadas en Nicaragua, donde la esposa de Ortega asumirá la presidencia y ambos ejercerán el control absoluto del poder.

Este viernes, la Asamblea Nacional de Nicaragua, bajo el control del Frente Sandinista, apoyó una serie de modificaciones constitucionales promovidas por el presidente Daniel Ortega, junto a su esposa y vicepresidenta, Rosario Murillo.

Actualidad24/11/2024Alejandro CabreraAlejandro Cabrera
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Ortega

La regulación conlleva modificaciones significativas en la estructura del poder en el país centroamericano.

El ejecutivo de Ortega presentó el miércoles pasado en el Parlamento la propuesta llamada "Ley de protección de los nicaragüenses frente a sanciones y agresiones externas", consiguiendo un trámite legislativo extremadamente ágil.

La reforma impactará en más de 100 artículos de la Constitución vigente que el gobierno de Ortega ya ha modificado en 12 ocasiones desde 2007, incluyendo una que le facilitó ser reelecto de manera indefinida en la posición.

Ayudanos

Ortega, de 79 años, cuenta con cuatro mandatos presidenciales seguidos, además de una etapa previa entre 1985 y 1990.

El anuncio de la reforma constitucional generó un torbellino de críticas desde la oposición en Nicaragua, cuyos líderes se encuentran en el exilio después de ser arrestados y posteriormente desterrados en 2023.

Adicionalmente, la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (OEA) emitió una declaración en la que expresa su rechazo y repudio a la propuesta de 'ley de reforma' presentada por Ortega.

Te mostramos algunas de las modificaciones más polémicas de la reforma.

Copresidencia 

La modificación del artículo 133 oficializa el concepto de "copresidencia", definiendo que el poder ejecutivo se compone de un copresidente (Daniel Ortega) y una copresidenta (Rosario Murillo).


La misma reforma establece que en caso de que uno de los copresidentes fallezca, el que sobreviva a ambos asume y conserva la presidencia.

El establecimiento de los roles de copresidente y copresidenta asegura la sucesión dinástica, señalando al hijo de la pareja, Laureano Ortega Murillo, como su heredero.

Opositores han equiparado este régimen gubernamental en Nicaragua con los regímenes del Medioevo, donde monarcas y reinas establecían una dinastía con su linaje.

En Nicaragua, el mandato presidencial tiene una duración de cinco años y ha sido así desde 1997.

Sin embargo, con la reforma, el gobierno prolonga el actual mandato presidencial por un año, estableciendo en el artículo 135 que "el copresidente y la copresidenta desempeñarán sus responsabilidades durante un periodo de seis años, a contar desde su toma de posesión".

Así, ya no se producirá una transición en 2026, tal como se previó, sino que seguirán ejerciendo hasta 2027.

En ese lapso, los copresidentes "poseerán inmunidad de acuerdo a la ley" y tendrán la posibilidad de una reelección indefinida.

Poder único

La reforma suprime la distinción entre las autoridades ejecutivo, legislativa y judicial.

El artículo 132 modificado de manera expresa: "La presidencia de la República encabeza al Gobierno y, en su papel de líder estatal, coordina a las entidades legislativas, judiciales, electorales, de supervisión y control, a nivel regional y municipal, en defensa de los intereses supremos del pueblo de Nicaragua y de lo estipulado en la presente Constitución".

Ortega y Murillo asumirán el control total de las autoridades estatales, proclamando en otro artículo que "la Presidencia de la República asume la dirección del Estado y Gobierno".

El derecho de nombrar y destituir ministros, viceministros, procuradores, y directores de entidades autónomas y gubernamentales recae en la pareja presidencial.

Además, les impiden aspirar al poder a centenares de opositores que han sido despojados de su nacionalidad en Nicaragua.

Policía "voluntaria"

El artículo 97 modificado establece la formación de un "cuerpo auxiliar" conformado por ciudadanos y ciudadanas de Nicaragua que ofrecen un servicio "de soporte a la Policía Nacional" de manera voluntaria.

Se le ha denominado "Policía Voluntaria", una expresión que el gobierno empleó por vez primera en 2018 para referirse a los paramilitares que reprimieron con fuego las manifestaciones contra el gobierno entre abril y julio de ese mismo año, causando más de 350 víctimas mortales y miles de heridas, de acuerdo con entidades de derechos humanos.

La presidencia "tiene la potestad de ordenar la acción del ejército de Nicaragua en respaldo a la Policía Nacional, cuando la estabilidad de la República lo necesite".


Los detractores señalan que tal modificación deja en juego la posibilidad de que el ejecutivo pueda movilizar el ejército frente a cualquier peligro para su autoridad.

La reforma también autoriza a funcionarios militares o policiales a asumir puestos ejecutivos de manera temporal cuando "el interés supremo de la nación lo requiera".

Nueva emblema Patrio

El artículo 13, además de la bandera azul y blanca, el himno nacional y el escudo nacional, incorpora la bandera rojinegra del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) como emblema patrio.

Desde su creación, el FSLN ha evolucionado de ser un movimiento revolucionario que derrocó la dictadura de Anastasio Somoza, a convertirse en un partido político convencional, hasta concluir como un grupo bajo la dirección autoritaria de Ortega y Murillo.

Numerosos líderes históricos del FSLN inicial dejaron el partido para establecer sus propias entidades alternativas o se retiraron al exilio.

Se prevé que la Asamblea Nacional, bajo el control del FSLN, ratifique la propuesta de Ortega tan pronto como este viernes, de acuerdo con lo que indicó Gustavo Porras, el presidente de la institución.

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