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El nuevo esquema regirá a partir de Agosto. Fuertes aumentos para los monotributistas que podrán facturar más, pero deberán pagar con aumentos de más del 100%, incluso de más de 200%.
Actualidad15 de julio de 2024De acuerdo con el paquete de medidas fiscales aprobado por el Congreso, la Ley 27.743, los nuevos niveles de facturación de 2024 y los montos de las cuotas a pagar del Monotributo entran en vigencia el 1 de agosto. Será posible recategorizarse de acuerdo con las escalas actualizadas que la AFIP ya ha publicado hasta el 2 de agosto.
Según la ley, los montos serán actualizados cada seis meses (enero y julio) en función del índice IPC y habrá un aumento en los montos mensuales a pagar en concepto del impuesto integrado y de aportes al sistema jubilatorio y obra social. Sin embargo, durante el período fiscal 2024, el Poder Ejecutivo tiene la facultad de aumentar los montos máximos de facturación, alquileres devengados y impuestos integrados a ingresar, correspond Y el límite de facturación se amplió hasta $ 68 millones anuales, lo que beneficia a las empresas con montos de facturación más altos porque evitan pasar al Régimen General, que es más costoso.
Algunos monotributistas no tendrán que subir de categoría, mientras que otros podrán recategorizarse a una categoría inferior o subir de categoría a una categoría con cuotas más altas.
Además, Baker McKenzie afirma que "el Paquete Fiscal contempla que los pequeños contribuyentes que hubieran sido excluidos de pleno derecho del régimen desde el 1 de enero de 2024 por aplicación de parámetros existentes con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la Ley podrán volver a adherirse, por única vez, sin tener que esperar el plazo previsto de tres años".
Sin embargo, la ley permite al gobierno nacional bonificar a los pequeños contribuyentes que cumplan con una modalidad de pago específica o que cumplan con sus obligaciones formales y materiales hasta un veinte por ciento (20%) del impuesto integrado total a ingresar en un ejercicio anual, en una o más mensualidades.
Por lo tanto, el nivel máximo de facturación anual para la categoría A, una de las más numerosas, aumenta de $ 2.108.288 a $ 6.450.000, y la cuota mensual a pagar aumenta de $ 5.750 en el segundo semestre a $ 12.128 de enero a julio de 2024 y desde agosto a $ 26.600. El aumento de la cuota es del 362,6% en relación a diciembre de 2023.
Escalas
A: De $ 2.108.288,01 a 6.450.000: + 206%.
B: De $ 3.133.941,63 a 9.450.000: + 202%
C: De $ 4.387.518,23 a 13.250.000 :+ 202%
D: De $ 5.449.094,55 a 16.450.000: 202%
E: De $ 6.416.528,72 a 19.350.000: +202%
F: De $ 8.020.660,90 a 24.250.000 : + 202%
G: De $ 9.624.793,05 a 29.000.000 : + 201%
H: De $ 11.916.410,45 a 44.000.000: + 269%
I: De $ 13.337.213,22 a 49.250.000 : + 269%
J: De $ 15.285.088,04 a 56.400.000: + 269%
K: De $16.957.968,71 a 68.000.000; + 301%.
La cuota mensual total a pagar (Locaciones y servicios)
• A : 12.128,39 a 26.600: + 119,3%
• B: 13.561,75 a 30.280 ; + 123.3 %
• C: 15.503,51 a 35.458 : + 128,7
• D: 19.497,94 a 45.443,80: +133,1
E : 26.945,97 a 64.348,18 ; + 138,8%
• F: 33.137,61 a 80.983,00 : 144,4%
G: 38.694,95 a 123.696,20: + 219,7%
• H: 66.111,51 a 280.734,68: + 324,6%
Las tres categorías superiores pagarán.
I $ 517.608,55,
j $ 626.931,97
K $ 867.084,76
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